Todos los empleadores ya sean públicos, oficiales, privados,
contratistas, están obligados a organizar y garantizar el funcionamiento de un
programa de Salud Ocupacional en los lugares de trabajo.
En la Resolución 1016 de 1989 nos habla de cualquier empresa
no importa el tipo de actividad económica que realice, debe tener por ley
lo establecido en el Decreto 614 de 1984 en sus artículos 28, 29, 30
en donde se establece la obligación de adelantar Programas de Salud Ocupacional
por parte de los empleadores.
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