lunes, 28 de enero de 2013

                                                SALUD OCUPACIONAL



Todos los empleadores  ya sean públicos, oficiales, privados, contratistas, están obligados a organizar y garantizar el funcionamiento de un programa de Salud Ocupacional en los lugares de trabajo.

En la Resolución 1016 de  1989 nos habla de cualquier empresa no importa el tipo de actividad económica que realice, debe tener por ley  lo establecido en el Decreto 614 de 1984 en sus artículos 28, 29, 30 en donde se establece la obligación de adelantar Programas de Salud Ocupacional por parte de los empleadores.

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