lunes, 28 de enero de 2013

 DE QUE NOS HABLA LA RESOLUCIÓN 1016 DE 1989.


De que toda empresa debe tener programas que tengan como finalidad principal la promoción,  prevención  y control de la salud del trabajador, para estos se crean unos Sub programas (Medicina preventiva y del trabajo) que se encargan de :
  • Realizar exámenes Médicos, Clínicos y Paraclínicos, para la admisión, ubicación según las actitudes de la persona a la que se piensa ingresar  al empresa, así se puede ubicar en un en un sitio de trabajo acorde con sus condiciones  psico-fisiologicas y así se mantendrá en una actitud positiva hacia el trabajo.
  • Desarrollando una estricta vigilancia epidemiologica, estudiar sobre la toxicidad de materias primas y sustancias en proceso, que se utilicen en la empresa (si es el caso) para tomar las medidas de prevención  para ellas.
  • Desarrollar actividades de prevención de enfermedades profesionales , accidentes de trabajo, y dar las correctas capacitaciones sobre educación en salud a empresarios y trabajadores.
  • Investigar y analizar las enfermedades ocurridas, determinar sus causas y hacer los correctivos necesarios para en un futuro evitarlas a máximo.




                                                SALUD OCUPACIONAL



Todos los empleadores  ya sean públicos, oficiales, privados, contratistas, están obligados a organizar y garantizar el funcionamiento de un programa de Salud Ocupacional en los lugares de trabajo.

En la Resolución 1016 de  1989 nos habla de cualquier empresa no importa el tipo de actividad económica que realice, debe tener por ley  lo establecido en el Decreto 614 de 1984 en sus artículos 28, 29, 30 en donde se establece la obligación de adelantar Programas de Salud Ocupacional por parte de los empleadores.